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miércoles, 25 de septiembre de 2019

Alegatos finales para la inconstitucionalidad de la Ley Nº 30868

 ¡ABAJO LA IMPUNIDAD DEL GENOCIDIO DE EL FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO!

El 29 de diciembre del año pasado, el Estado peruano a través del Alcalde de Comas ejecutó la demolición de los nichos de nuestros familiares asesinados en el genocidio de El Frontón, esta barbarie fascista, se levanta como uno de los más negros episodios de nuestra historia, es parte de la persecución política que alcanzó hasta nuestros muertos pretendiendo que los olvidemos, para borrar su memoria y su papel en nuestra historia.

Pero, es una verdad incontrovertible que el ser humano es un ser social por excelencia y por tal vive relacionándose con los demás tanto en vida como más allá de su muerte. De allí viene la especial consideración a los muertos registrada históricamente en todas las culturas con ritos de velorio, formas de entierro, costumbres de funeral, respeto y memoria.

En la cultura occidental por ejemplo encontramos la conocida tragedia del peregrinar de Antígona prohibida de sepultar a su hermano con las leyes consuetudinarias y sus ritos funerarios. También en nuestra ancestral cultura Inca se momificaba y paseaba en procesión a los representantes de las panacas reales en su honor y memoria; lo que el conquistador Toledo pretendió borrar para siempre destruyendo sus templos y quemando las sagradas momias.

En el Perú de hoy condenablemente vemos reeditados aquellos nefastos capítulos históricos con las voladuras de las prisiones donde 300 prisioneros quedaron en pedazos un 19 de junio de 1986. Pero el hecho no quedó ahí, los familiares iniciaron su peregrinar de 30 años reclamando sus restos guardados en cajas fiscales llenas de polvo. Y cuando por fin lograron arrancar los primeros restos, con su humilde pobreza compraron un nicho y honraron su memoria con sus propias costumbres sin dañar a nadie ni violentar ninguna norma. Pero ¡ay! ¡Los volaron otra vez en pedazos con una ley en la mano!

Acto este, del Estado peruano que sí reedita nefastos capítulos del pasado en el siglo XXI, significa una de las peores barbaries de la guerra contrasubversiva que niega todos los avances de la civilización, para vergüenza histórica del Estado peruano en vísperas de su Bicentenario.

Cómo no va a constituir, pues, esta medida en cuestión, parte de la política antisubversiva y de la actual persecución política a los marxistas-leninistas-maoístas, pensamiento gonzalo que ayer se levantaron en armas y hoy cumplidas sus penas pugnan por reincorporarse a la sociedad, derecho que también les niegan. Ese carácter también subyace en esta ley inconstitucional Nº 30868.

Con estos hechos el Estado pretende perpetuar la impunidad del genocidio contra 300 presos de las cárceles de El Frontón, Lurigancho y el Callao un 19 de junio de 1986. Ésta y no otra es la única arbitrariedad para vergüenza histórica de este país.

¡POR NUESTRO DERECHO DE ENTERRAR A NUESTROS FAMILIARES!

¡ABAJO LA INCONSTITUCIONAL LEY Nº 30868!

¡GENOCIDIO DE EL FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO RESPONSABILIDAD DEL ESTADO PERUANO!

¡DEMOLICIÓN DE LOS NICHOS RESPONSABILIDAD DEL ESTADO PERUANO!


AFADEVIG Julio del 2019

AFADEVIG en Arequipa
Audiencia en el Tribunal Constitucional
Viernes 5 de julio
Derogatoria de la ley 30868
Ley inconstitucional e ilegal






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