La Acusación Fiscal fue rechazada por nuestros abogados durante la Audiencia de Control, el dÃa 7 de octubre, en la Sala Penal. La misma sostiene que solo se considere los hechos a partir del dÃa 19 de junio de 1986 a la 1:30 p.m. obviando lo ocurrido dÃas antes. Es de conocimiento público que durante la reunión del Consejo de Ministros, Alan GarcÃa dio la orden para la preparación del genocidio.
El abogado Carlos Rivera de IDL declaró que lo ocurrido en el Frontón no fue un genocidio, coincidiendo de esta manera con la acusación de la fiscalÃa, y señaló además que es una figura que no corresponde a los hechos. Anteriormente se pronunció a favor de la destrucción de los nichos de Comas, construidos para dar sepultura a nuestros seres queridos después de 30 años.
Luis Giampietri, quien tuvo a su cargo las operaciones ejecutadas el 18 y 19 de junio para demoler el Pabellón Azul, dijo a un medio local que lo ocurrido en el Frontón “no fue una masacre, fue un combate”. Lo cual no corresponde a la realidad debido a la desigualdad entre los prisioneros amotinados y el poderÃo bélico utilizado por las FFAA.
Pero todas estas declaraciones se inclinan a encubrir la verdad histórica de los hechos:
el genocidio planificado dÃas antes desde el Consejo de Ministros por Alan GarcÃa, presidente de turno. De esta manera también encubren toda una polÃtica genocida aplicada por el Estado Peruano para combatir la subversión y que se aplicó en las prisiones contra nuestros familiares meses antes, como lo ocurrido
el 4 de Octubre de 1985 asesinando a 30 prisioneros.
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Caretas 4 de Octubre 1985 |
ArtÃculo II
En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad fÃsica o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción fÃsica, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Por lo tanto se ajusta al pedido de nuestros abogados. Como lo
indicó el Dr. Alfredo Crespo "No refleja la realidad de lo que pasó los dÃas 18 y 19 de junio. Allà la acusación solo quiere circunscribirse a partir de la 1:30 pm del 19 de junio, de esta manera quedarÃan fuera las reuniones del Consejo de Ministros del gobierno de Alan GarcÃa donde se dio la orden a las FFAA para actuar con la máxima energÃa y con material bélico. Es decir esa era la orden para asesinarlos."
¡Por la imborrable memoria histórica de nuestro pueblo!
¡Genocidio de El Frontón, Lurigancho y Callao, responsabilidad del Estado peruano!
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Diario La República |
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Pabellón Azul destruido. |
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Boquete en el Pabellón Industrial - Lurigancho. Revista Caretas |
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Revista Caretas |
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Revista Oiga |
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